En España, el Real Decreto 88/2013 establece la normativa aplicable a los ascensores, la cual contempla el registro, mantenimiento e inspección de estos equipos mediante la Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 «Ascensores» (ITC). En dicho documento se detallan las obligaciones que corresponden al titular o propietario del ascensor, quién es el responsable de:
➤ Firmar un contrato de mantenimiento con una empresa autorizada, conservadora, que permita llevar a cabo las revisiones y comprobaciones de mantenimiento necesarias.
➤ Programar y contratar las inspecciones periódicas requeridas por la ley, permitiendo el acceso a los organismos de control autorizados (OCAs) y teniendo a disposición el certificado de la última inspección.
➤ Detener el funcionamiento del ascensor en caso de que no se garantice su seguridad. No permitir su uso si se tiene conocimiento, ya sea por uno mismo o por indicación de la empresa conservadora, un organismo de control o la Administración Pública, de que no cumple con las normas de seguridad necesarias.
➤ Informar de inmediato cualquier anomalía, accidente o situación que afecte el correcto funcionamiento del ascensor. En caso de producirse algún accidente, anomalía o falta de mantenimiento, informar de ello a la empresa conservadora de forma inmediata. Si no se recibe respuesta, es necesario denunciar la situación ante el órgano competente de la Administración Pública.
➤ Mantener el ascensor en buen estado de funcionamiento en todo momento, cumpliendo con las normativas y disposiciones reglamentarias aplicables.
➤ Nombrar al menos a una persona encargada del ascensor y comunicarlo a la empresa conservadora. Es importante designar a alguien capacitado para atender el funcionamiento habitual del ascensor y recibir instrucciones de la empresa conservadora. Cabe destacar que no se trata de un «conservador auxiliar», sino de alguien capaz de resolver las situaciones cotidianas que puedan surgir.
Por lo tanto, en este contexto residencial, es fundamental recordar que el ascensor es un bien común que pertenece a todos los propietarios del inmueble, quienes son copropietarios del ascensor.
Tu empresa requiere de un servicio óptimo y de los mejores componentes, así que: ¡No dudes en contactarnos!